9.14 Definición de inmueble ligado a una explotación económica en una tasación
Definición de inmueble ligado a una explotación económica en una tasación
Se considera inmueble ligado a una explotación económica todo edificio o elemento de edificio de uso monovalente que esté o pueda estar vinculado a una actividad económica o productiva. Estos inmuebles tienen un valor directamente asociado al funcionamiento de la explotación a la que sirven.
Entre los principales tipos de inmuebles ligados a una explotación económica se incluyen:
- a) Edificios e instalaciones industriales: Fábricas, naves de producción y edificaciones destinadas a actividades agrarias o de transformación.
- b) Centros de transporte: Aparcamientos, estaciones, terminales y otras instalaciones asociadas al transporte y la logística.
- c) Inmuebles hoteleros: Hoteles, hostales, albergues y establecimientos turísticos en sus diversas categorías y tipologías.
- d) Hospitales y centros sanitarios: Edificaciones dedicadas a la prestación de servicios médicos o asistenciales.
- e) Instalaciones recreativas, deportivas y de espectáculos: Complejos deportivos, salas de ocio, teatros, cines o recintos de entretenimiento.
- f) Centros de enseñanza y equipamientos culturales: Colegios, universidades, academias, museos, bibliotecas o centros culturales.
- g) Centros de equipamiento social: Inmuebles destinados a servicios comunitarios o de atención social.
- h) Residencias y alojamientos especializados: Residencias estudiantiles, geriátricos o instalaciones similares.
Instalaciones polivalentes
Se consideran instalaciones polivalentes aquellas que, habiendo sido concebidas para un uso concreto, permiten, a juicio del tasador, su adaptación a otros usos compatibles. No se incluyen como tales las edificaciones con elementos constructivos que limiten o impidan un cambio de uso, como cámaras acorazadas, frigoríficas o cocinas industriales propias de establecimientos de hostelería.

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