4.19 Fecha de tasación, fecha de emisión y y fecha de caducidad del informe de tasación


Fecha de tasación, fecha de emisión y y fecha de caducidad del informe de tasación

La fecha de tasación es el momento al que se refiere la valoración, y debe quedar claramente indicada en el informe de tasación. El valor de los bienes inmuebles varía con el tiempo debido a factores como la inflación, las modificaciones en los derechos de propiedad o los cambios en las condiciones del mercado. Además de esta fecha, el informe debe reflejar la fecha de emisión y la fecha de caducidad, cada una con criterios propios.

Fecha de emisión del informe de tasación

La fecha de emisión no debe ser posterior en más de dos meses a la fecha en que se haya realizado la inspección del inmueble. Este plazo puede ampliarse hasta seis meses en casos justificados, como las valoraciones de patrimonio o de terrenos. Existen excepciones, como en las tasaciones judiciales o retrospectivas, donde no es posible acceder físicamente al inmueble porque el solicitante ya no es propietario.

Fecha de caducidad del informe de tasación

La fecha de caducidad se fija en función de la estabilidad del mercado y determina el período durante el cual la valoración puede considerarse vigente. Como criterio general, el informe de tasación tiene una validez de entre 6 meses y 1 año desde su emisión. Transcurrido este plazo, será necesaria una actualización del valor.

Fechas según la finalidad de la tasación

  • Tasación por expropiación: la fecha de referencia es el momento de inicio del expediente de justiprecio, que varía según el procedimiento:
    • En tasación conjunta: fecha de aprobación del proyecto de expropiación.
    • En procedimiento ordinario: fecha de comunicación o publicación de las condiciones de avenencia en el boletín oficial correspondiente.
    • En procedimiento de urgencia: fecha del decreto de declaración de urgencia.
  • Tasación por reparcelación, venta o sustitución forzosa: fecha de inicio del procedimiento correspondiente.
  • Tasación por indemnización por cambio de planeamiento o responsabilidad patrimonial: fecha de publicación de la aprobación definitiva del nuevo planeamiento.
  • Tasación por herencia: fecha del fallecimiento del causante.
  • Tasación por donación: fecha del acto o contrato de donación.
  • Tasación para determinación de impuestos: fecha establecida por la normativa aplicable a cada impuesto:
    • En el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el devengo se produce el 1 de enero de cada año.
    • En el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), el devengo se produce con la fecha de inicio de las obras.
    • En el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía):
      • a) Cuando se transmite la propiedad del terreno, la fecha de devengo será la de la transmisión.
      • b) Cuando se constituye o transmite un derecho real de goce limitativo del dominio, la fecha será la de la constitución o transmisión.




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