7.19 Qué es una servidumbre de patrimonio histórico


Qué es una servidumbre de patrimonio histórico

La servidumbre de patrimonio histórico se regula por diversas normas, entre las que destacan:

  • Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Real Decreto Legislativo 7/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
  • Otra normativa estatal y autonómica complementaria en materia de protección y conservación del patrimonio.

Deber de conservación

Los propietarios y titulares de derechos sobre los Bienes de Interés Cultural (BIC) tienen la obligación de conservar, mantener y custodiar los bienes, de forma que se garantice su integridad y se evite su pérdida o deterioro. En caso de incumplimiento, la Administración puede acordar la ejecución subsidiaria de las obras necesarias a costa del titular.

Este deber de conservación no se limita a los BIC, sino que también se extiende a otros edificios protegidos según el planeamiento urbanístico o el catálogo municipal correspondiente. Dependiendo del grado de protección, la obligación puede exceder las cargas ordinarias impuestas a la propiedad privada.

Servidumbres derivadas de la protección patrimonial

Las distintas legislaciones establecen servidumbres específicas con el fin de conservar el carácter de los inmuebles y garantizar su adecuada contemplación y puesta en valor. Estas pueden incluir:

  • Limitaciones en las alturas, volúmenes y materiales de las edificaciones colindantes.
  • Restricciones en la publicidad exterior o instalaciones visuales que afecten al entorno del bien protegido.
  • Obligación de solicitar autorización administrativa previa para cualquier intervención, obra o modificación visible desde el espacio público.
  • Preservación de los entornos de protección para asegurar la visibilidad y el contexto histórico del inmueble.




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