6.04 Qué legislación se aplica en una expropiación


Qué legislación se aplica en una expropiación

La Constitución Española establece que nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

El Código Civil dispone igualmente que nadie podrá ser privado de su propiedad sino por autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización. Si no precediere este requisito, los jueces ampararán y, en su caso, reintegrarán en la posesión al expropiado.

La legislación en materia de expropiación es extensa y, según el caso, resulta de aplicación para determinar tanto la legitimidad de la expropiación como los criterios técnicos de valoración. Entre las principales normas destacan:

  • Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en lo relativo a los procedimientos expropiatorios y la valoración de determinados derechos.
  • Real Decreto Legislativo 7/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, en cuanto a la valoración del suelo a efectos de expropiación para determinar el valor de todo tipo de terrenos, cualquiera que sea la finalidad de la expropiación.
  • Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones, aplicable a la valoración de derechos que deban realizarse con remisión a normas fiscales.
  • Real Decreto Legislativo 1/1993, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aplicable a la valoración de derechos en remisión a normativa fiscal.
  • Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, para la valoración de determinados derechos conforme a criterios fiscales.
  • Ley 22/1988, de Costas, aplicable a las valoraciones en las zonas de protección, utilización y policía del dominio público marítimo-terrestre, y especialmente en la ribera del mar.
  • Ley 55/1980, de Montes Vecinales en Mano Común, en caso de afecciones, expropiaciones o permutas de montes vecinales.
  • Ley 3/1995, de Vías Pecuarias, en lo relativo a la creación, ampliación o restablecimiento de vías pecuarias.
  • Ley 34/1979, sobre calificación de fincas rústicas como manifiestamente mejorables, aplicable en casos de decretos dictados en desarrollo de dicha ley.
  • Ley 46/1999, de Aguas, en los casos de expropiación del derecho privativo sobre las aguas o de concesiones relacionadas con ellas.
  • Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, en cuanto a la expropiación para instalaciones de transporte y distribución de energía eléctrica.




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