1.10 Diferencia entre tasador oficial y tasador homologado
Diferencia entre tasador oficial y tasador homologado
Cuando un cliente necesita una tasación inmobiliaria y busca información, es habitual encontrarse con dos términos que parecen equivalentes pero no lo son: tasador oficial y tasador homologado. Comprender las diferencias entre ambos es fundamental para elegir adecuadamente el tipo de profesional según la finalidad del informe.
Tasador oficial
El tasador oficial es aquel profesional que cuenta con la autorización o reconocimiento legal para realizar tasaciones inmobiliarias con validez jurídica. Dicha habilitación deriva de su titulación universitaria, que le faculta para valorar inmuebles según su naturaleza:
- Arquitecto, aparejador o arquitecto técnico para tasaciones de inmuebles urbanos (viviendas, locales, terrenos, naves, etc.).
- Ingeniero o ingeniero técnico en la especialidad correspondiente para otros tipos de bienes.
Las finalidades más habituales en las que se requiere la intervención de un tasador oficial son la tasación de asesoramiento, tasación por herencia, tasación por separación, tasación pericial contradictoria, tasación por reclamación de plusvalía, tasación del valor catastral, tasación por expropiación y tasación judicial.
Tasador homologado
El tasador homologado es el profesional que ha obtenido la acreditación del Banco de España para realizar tasaciones con finalidad de garantía hipotecaria. Las titulaciones requeridas son las mismas que las del tasador oficial, pero con la particularidad de que el tasador homologado debe desarrollar su trabajo a través de una sociedad de tasación homologada, en cumplimiento del Real Decreto 775/1997 sobre el régimen jurídico de homologación de los servicios y sociedades de tasación.
Debido a esta intermediación de la sociedad homologada, el coste de una tasación homologada suele ser superior al de una tasación oficial. Sin embargo, es el único tipo de informe admitido por las entidades financieras para la concesión de hipotecas.
Conclusión
Tanto el tasador oficial como el homologado tienen la misma titulación y capacidad técnica. La diferencia radica en la finalidad del informe: para la mayoría de las valoraciones —compra, herencia, reparto o reclamación— basta con una tasación oficial; mientras que para operaciones de garantía hipotecaria es imprescindible una tasación homologada emitida a través de una sociedad autorizada.

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