Tasación pericial contradictoria
La tasación pericial contradictoria es el informe de tasación que permite al contribuyente impugnar la valoración a efecto de impuestos obtenida por la administración por considerarla incorrecta o elevada. Se utiliza en los impuestos que lo tienen contemplado en su reglamento aunque la jurisprudencia permite su aplicación en todos los tributos que se basan en un valor calculado por la administración.
La tasación pericial contradictoria es un informe oficial elaborado por un tasador con titulación acorde a la naturaleza del inmueble objeto de la tasación, para el caso de tasación de inmuebles urbanos las titulaciones que mejor se adecúan son las de las de arquitecto, aparejador o arquitecto técnico y para el resto de casos las de ingeniero o ingeniero técnico en la especialidad correspondiente.
¿Cuándo es necesaria la tasación pericial contradictoria?
Puede solicitar la tasación pericial contradictoria cualquier persona en desacuerdo con el valor obtenido por la administración a efecto de impuestos. Sirve para reducir y anular los impuesto obtenidos por la administración de forma automatizada cuando no se ajustan al mercado y no consideran las particularidades de cada inmueble.
¿Qué documentación se necesita para solicitar la tasación pericial contradictoria?
Para solicitar una tasación pericial contradictoria no hay ningún requisito en cuanto a documentación a aportar por el cliente, no puede ser de otro modo ya que muchos inmuebles no están inscritos en el registro de la propiedad y no disponen de escrituras. Cuando el inmueble está inscrito es necesario aportar las escrituras o la nota simple, que son los documentos legales que aportan información sobre la identidad del propietario, la descripción del inmueble y las cargas o restricciones legales.
¿Cómo es el proceso de tasación pericial contradictoria?
1) El procedimiento se inicia con la notificación de la valoración recibida por el contribuyente de parte de la administración. En dicha notificación se indica el valor a efectos fiscales asignado para los bienes.
2) Si el contribuyente está en desacuerdo con el valor asignado puede iniciar el procedimiento de tasación pericial contradictoria presentando una solicitud en el órgano indicado. En la solicitud se debe designar un perito con titulación adecuada según el bien objeto de valoración que será arquitecto, aparejador o arquitecto técnico para el caso de inmuebles y terrenos.
3) El interesado aportará la hoja de aprecio (tasación) en el plazo indicado (normalmente 15 días hábiles) en una hoja individualizada por cada bien.
Casos posibles en la tasación pericial contradictoria
- A) Si la valoración pericial del interesado no excede sobre el valor de la administración mas de un 10% o una cuantía de 120.000 € se produce la aceptación automática del valor propuesto por el interesado.
- B) Si la valoración pericial del interesado excede sobre la de la administración mas de un 10% o una cuantía de 120.000 € es la valoración de un perito tercero asignado por sorteo la que decide. Los gastos de esta tasación los abonará el interesado si el valor supera el 20% del valor declarado inicialmente, en caso contrario los abona la administración.
Ejemplo de tasación pericial contradictoria
- A) La administración valora un inmueble en 100.000 € y el perito del interesado lo valora en 92.000 € (diferencia 8.000 € menor al 10%) se produce la aceptación automática.
- B) La administración valora un inmueble en 100.000 € y el perito del interesado lo valora en 85.000 € (diferencia 15.000 € mayor al 10%) se asigna un perito tercero para que decida sobre la discrepancia. Los gastos de esta tasación los abonará el interesado si el valor supera el 20% del valor declarado inicialmente, en caso contrario los abona la administración.
¿Cuánto tiempo se necesita para realizar la tasación pericial contradictoria?
El tiempo necesario para realizar la tasación pericial contradictoria varía según la complejidad del inmueble y la finalidad de la tasación. Para el caso mas común que es el de tasación vivienda el tiempo es de 2 a 3 días laborables. Este plazo puede acortarse considerando que la tasación pericial contradictoria tiene un plazo de presentación, muy frecuente en los casos de tasación pericial contradictoria donde la administración establece plazos muy ajustados.
¿Es necesario estar presente durante la tasación pericial contradictoria?
Cuando se trata de una tasación pericial contradictoria con inspección interior es necesario facilitar el acceso al tasador, no es necesario que sea el propietario, puede ser cualquier otra persona designada. Cuando se trata de una tasación que no necesita de acceso interior el tasador se encarga de elaborar el informe sin mas mediación por parte del cliente.
¿Cuánto cuesta una tasación pericial contradictoria?
El coste de una tasación pericial contradictoria varía según la complejidad del inmueble, en nuestra web puedes calcular el presupuesto. Son tarifas muy asequibles considerando la experiencia y titulación del tasador (arquitecto, aparejador o arquitecto técnico) y su utilidad para impugnar la valoración a efecto de impuestos obtenida por la administración.
¿Qué aspectos considera el tasador en la tasación pericial contradictoria?
Algunos de los aspectos que el tasador considera en una tasación pericial contradictoria son:
- Situación: Determinante para conocer la oferta, demanda y precios de mercado de la zona.
- Superficie y distribución: Se evalúan la superficie y la distribución interior del inmueble.
- Estado de conservación: Cuando se trata de una tasación con inspección interior se considera el estado general constructivo y de instalaciones del inmueble, incluyendo antigüedad, reformas realizadas y reformas necesarias para adaptarse al uso al que se destina.
- Características constructivas: Cuando se trata de una tasación con inspección interior se tienen en cuenta las calidades constructivas de materiales y acabados.
- Testigos: Son los comparables de mercado que se obtienen de datos de venta y oferta en la zona. Sirven para establecer una referencia y determinar el valor en relación con otros inmuebles comparables.