4.08 Descripción urbanística en la tasación


Cuando el informe de tasación tiene como objeto la valoración de un edificio o de un elemento de un edificio, como es el caso de un piso, local o garaje, se detallarán en el apartado descripción urbanística en la tasación el uso a que está destinado el inmueble, la normativa urbanística vigente y si está sujeto a algún tipo de protección urbanística o histórica.

Cuando el objeto de valoración es un terreno de carácter urbano se describirán:

  • El planeamiento general de ordenación vigente y, en su caso, el planeamiento de desarrollo necesario.
  • La clasificación urbanística que corresponde al terreno: urbano, rural o urbanizable (clasificación urbanizable para el caso de legislaciones anteriores a aprobación de la Ley del Suelo).
  • La calificación urbanística, los usos autorizados y prohibidos, la edificabilidad, ocupación máxima, retranqueos y altura permitida.
  • El aprovechamiento urbanístico según el ámbito de reparto, de gestión y de ejecución:
    • Superficie construible por el propietario del terreno.
    • Sujeto a quien corresponda la iniciativa de la gestión (administración pública o particular).
    • Sistema y modo de gestión según la legislación urbanística aplicable.
    • Cargas urbanísticas (cesiones, costes de urbanización, obligaciones adquiridas, etc.) que afecten al terreno.
    • Instrumento de planeamiento y trámites para que el terreno pueda considerarse solar.
    • Plazo de ejecución previstos para el desarrollo urbanístico del terreno.
    • En el caso de que el terreno esté sujeto a expropiación forzosa se indicarán los criterios legales aplicables a su valoración y el estado del procedimiento expropiatorio.

Cuando el objeto de la valoración sea un terreno rural (finca rústica) se indicará la clasificación del suelo y si es el caso el régimen de protección especial.





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