Peritaje para reclamación al seguro
¿Qué es un peritaje para reclamación al seguro?
El peritaje para reclamación al seguro es el análisis técnico independiente realizado por un arquitecto o arquitecto técnico para identificar las causas, el alcance y el valor de los daños sufridos en un inmueble cuando la compañía aseguradora rechaza el siniestro, no reconoce determinados desperfectos o propone una indemnización insuficiente.
El informe pericial para reclamar al seguro recoge las comprobaciones realizadas, las conclusiones sobre el origen de los daños, las soluciones necesarias para su reparación y la valoración económica correspondiente. Puede utilizarse para fundamentar técnicamente una reclamación frente a la aseguradora, tanto por vía extrajudicial como judicial.
Este servicio se realiza en viviendas, edificios, locales comerciales, oficinas, naves industriales y otras construcciones afectadas por siniestros.
¿Qué es un informe pericial para reclamación al seguro?
El informe pericial para reclamación al seguro es el documento elaborado por un arquitecto o arquitecto técnico independiente que recoge el análisis de los daños sufridos en un inmueble, sus posibles causas, el alcance de los desperfectos, las reparaciones necesarias y su valoración económica.
Este informe se utiliza cuando el asegurado no está conforme con la actuación de su compañía de seguros, especialmente cuando se rechaza un siniestro, se atribuyen los daños a causas distintas de las comprobadas o se propone una indemnización inferior al coste de las reparaciones.
El peritaje para reclamación al seguro permite disponer de una valoración técnica independiente para fundamentar una reclamación, contrastar las conclusiones del perito de la aseguradora y documentar los daños existentes.
¿Cuándo es necesario un peritaje para reclamar al seguro?
Las situaciones más habituales en las que puede ser necesario un peritaje para reclamación al seguro son:
- Siniestro rechazado por la aseguradora: Cuando la compañía considera que los daños no están cubiertos y resulta necesario analizar técnicamente su origen.
- Indemnización insuficiente: Cuando el importe ofrecido por la aseguradora no permite ejecutar las reparaciones que el asegurado considera necesarias.
- Daños no reconocidos: Cuando el informe de la compañía omite determinados desperfectos o elementos afectados por el siniestro.
- Discrepancia sobre las causas: Cuando existen diferencias entre la causa atribuida por la aseguradora y las circunstancias técnicas que pueden explicar los daños.
- Reparaciones incompletas: Cuando la solución propuesta por la aseguradora no corrige el origen del problema o no contempla todos los elementos afectados.
- Disconformidad con el perito del seguro: Cuando el asegurado necesita contrastar las comprobaciones, mediciones, conclusiones o valoración económica realizadas por el perito de la compañía.
- Reclamación judicial: Cuando es necesario aportar un informe pericial independiente como prueba técnica en un procedimiento judicial.
¿Cuáles son los principales tipos de daños que pueden reclamarse al seguro?
Los principales daños en inmuebles que pueden ser objeto de un peritaje para reclamar al seguro son:
- Daños por agua: Desperfectos ocasionados por fugas, roturas de tuberías, escapes de agua, averías en instalaciones de fontanería o saneamiento y otras incidencias relacionadas.
- Daños por filtraciones: Humedades y deterioros producidos por la entrada de agua a través de cubiertas, terrazas, fachadas, cerramientos o encuentros constructivos.
- Daños por inundación: Deterioros en pavimentos, revestimientos, instalaciones y otros elementos afectados por la acumulación o entrada de agua.
- Daños por incendio: Lesiones producidas por el fuego, el humo, las altas temperaturas o las actuaciones necesarias para la extinción.
- Daños por viento, lluvia o granizo: Desperfectos en cubiertas, fachadas, carpinterías, cerramientos y otros elementos expuestos a fenómenos atmosféricos.
- Daños por impactos: Roturas, deformaciones y deterioros ocasionados por golpes de vehículos, maquinaria, caída de objetos u otros impactos accidentales.
- Daños en instalaciones: Averías y deterioros relacionados con instalaciones eléctricas, fontanería, saneamiento, climatización y otros sistemas del edificio.
- Daños por grietas y fisuras: Lesiones que pueden aparecer como consecuencia de movimientos, impactos, asentamientos u otras circunstancias cuya relación con el siniestro debe analizarse.
- Daños estructurales: Alteraciones que afectan a cimentaciones, muros, pilares, vigas, forjados y otros elementos resistentes.
La inclusión de estos daños en una reclamación no significa que estén necesariamente cubiertos por el seguro. La cobertura depende de las condiciones de la póliza, de la naturaleza del siniestro y de las circunstancias concretas.
¿Qué hacer si la aseguradora rechaza un siniestro?
Cuando la compañía aseguradora rechaza un siniestro, es importante conocer los motivos de la denegación y comprobar si están relacionados con las circunstancias técnicas de los daños o con las condiciones de la póliza.
En algunos casos, la aseguradora considera que los desperfectos son consecuencia de falta de mantenimiento, defectos constructivos, envejecimiento de materiales o procesos anteriores al siniestro.
El peritaje para reclamación al seguro permite investigar el origen de los daños y determinar si las causas atribuidas por la compañía se corresponden con las características y circunstancias comprobadas.
El informe puede utilizarse para aportar argumentos técnicos durante una reclamación frente a la aseguradora. La determinación definitiva de la cobertura corresponde a la interpretación de la póliza y de la normativa aplicable.
¿Qué hacer si la indemnización del seguro es insuficiente?
Cuando el asegurado considera insuficiente la indemnización ofrecida, puede resultar necesario revisar la valoración económica realizada por el perito de la compañía.
Las diferencias pueden estar relacionadas con mediciones incorrectas, partidas de reparación omitidas, precios insuficientes, soluciones constructivas inadecuadas o falta de consideración de determinados daños.
El perito independiente para reclamación al seguro analiza los desperfectos existentes, identifica los trabajos necesarios para su reparación y elabora una valoración económica justificada.
El resultado permite comparar el coste técnicamente estimado de las reparaciones con la indemnización propuesta por la aseguradora, teniendo en cuenta las condiciones y límites de cobertura aplicables.
¿Qué es un perito de parte en una reclamación al seguro?
El perito de parte es el profesional designado por el asegurado para realizar una valoración técnica independiente de los daños y defender sus conclusiones mediante un dictamen fundamentado.
Su intervención resulta especialmente útil cuando existen discrepancias con el perito de la aseguradora sobre las causas del siniestro, el alcance de los desperfectos o su valoración económica.
En los siniestros que afectan a inmuebles y construcciones, un arquitecto o arquitecto técnico puede realizar las comprobaciones relacionadas con patologías constructivas, instalaciones, elementos estructurales y reparaciones de edificación dentro de su ámbito de competencia.
La independencia y objetividad técnica son fundamentales para que el informe pueda utilizarse en una reclamación.
¿Qué diferencia hay entre el perito de la aseguradora y el perito independiente?
El perito de la aseguradora es el profesional encargado por la compañía para inspeccionar los daños, analizar las circunstancias del siniestro y elaborar la valoración técnica correspondiente.
El perito independiente contratado por el asegurado realiza sus propias comprobaciones y emite un informe técnico que puede utilizarse para contrastar las conclusiones de la compañía.
Ambos deben fundamentar sus valoraciones en criterios técnicos objetivos. La principal diferencia es quién realiza el encargo y la finalidad concreta del informe.
La existencia de dos informes con conclusiones diferentes no implica necesariamente que uno sea incorrecto. Las discrepancias deben analizarse atendiendo a las pruebas disponibles y a los criterios técnicos utilizados.
¿Cómo se realiza un peritaje para reclamación al seguro?
El proceso comienza con el análisis de las circunstancias del siniestro, la documentación disponible y los motivos de disconformidad del asegurado.
Posteriormente, el perito realiza una inspección del inmueble para identificar los daños, comprobar sus características y estudiar las posibles causas.
Durante la visita se realizan fotografías, mediciones y comprobaciones técnicas de los elementos afectados. Cuando resulta necesario, también se examinan instalaciones, antecedentes de reparaciones e informes periciales anteriores.
Con la información recopilada se elabora el informe pericial para reclamar al seguro, que incluye la descripción de los daños, el análisis de sus causas, las conclusiones técnicas, las soluciones propuestas y la valoración económica correspondiente cuando procede.
¿Qué aspectos analiza el perito para reclamar al seguro?
Los principales aspectos que analiza un perito independiente de seguros para inmuebles son:
- Origen del siniestro: Identificación de las circunstancias y mecanismos que pueden haber provocado los daños.
- Causas de los desperfectos: Análisis de su posible relación con fugas, filtraciones, impactos, fenómenos atmosféricos, defectos constructivos u otros factores.
- Alcance de los daños: Comprobación de los elementos constructivos e instalaciones afectados.
- Estado anterior del inmueble: Estudio de antecedentes de conservación, daños previos o reparaciones realizadas, cuando existe documentación suficiente.
- Informe de la aseguradora: Revisión de las comprobaciones y conclusiones técnicas del perito de la compañía.
- Soluciones de reparación: Determinación de los trabajos necesarios para corregir las causas y reparar los desperfectos.
- Valoración económica: Medición y presupuesto de las actuaciones necesarias, aplicando precios adecuados a los trabajos de reparación.
¿Qué diferencia hay entre un siniestro no cubierto y una indemnización insuficiente?
Es importante distinguir entre dos situaciones diferentes.
Un siniestro no cubierto es aquel respecto del cual la aseguradora considera que no existe obligación de indemnizar, atendiendo a las condiciones de la póliza y a las circunstancias del caso.
Una indemnización insuficiente se produce cuando la compañía reconoce el siniestro, pero existen discrepancias sobre el importe de los daños, las reparaciones necesarias o su valoración económica.
En el primer supuesto, el informe pericial puede aportar pruebas sobre las causas y circunstancias de los daños. Sin embargo, la discusión sobre la aplicación de las cláusulas de la póliza puede requerir asesoramiento jurídico.
En el segundo supuesto, el peritaje independiente resulta especialmente útil para contrastar las mediciones, los precios y los criterios técnicos utilizados por la aseguradora.
¿Qué es el procedimiento pericial del artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro?
El artículo 38 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, establece un procedimiento pericial para resolver determinadas discrepancias entre el asegurado y la aseguradora sobre la valoración de los daños.
Cuando corresponde aplicar este procedimiento, cada parte designa un perito para realizar la valoración. Si ambos profesionales llegan a un acuerdo, sus conclusiones se recogen en un acta conjunta.
Cuando no existe acuerdo, se contempla la designación de un tercer perito conforme al procedimiento legalmente establecido.
Este mecanismo está destinado a resolver discrepancias técnicas sobre la valoración de los daños y no debe confundirse con los conflictos relativos exclusivamente a la interpretación jurídica de las coberturas de la póliza.
¿Quién paga el perito independiente en una reclamación al seguro?
Con carácter general, cuando el asegurado contrata voluntariamente un perito independiente, debe asumir los honorarios correspondientes al trabajo encargado.
En el procedimiento pericial regulado por el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro, cada parte satisface los honorarios de su perito, mientras que los gastos del tercer perito se distribuyen conforme a las reglas establecidas legalmente.
En determinados supuestos pueden existir condiciones contractuales, coberturas de defensa jurídica u otras circunstancias que influyan en la posibilidad de recuperar esos gastos.
Por ello, es conveniente comprobar las condiciones de la póliza y la finalidad del encargo antes de iniciar el procedimiento.
¿Puede un informe pericial ayudar a reclamar una indemnización mayor?
El informe pericial independiente permite comprobar si la valoración de la aseguradora contempla correctamente todos los daños y las actuaciones necesarias para su reparación.
Cuando se identifican omisiones, mediciones insuficientes, errores de valoración o soluciones de reparación incompletas, el informe puede justificar técnicamente una reclamación de mayor importe.
No obstante, la elaboración del informe no garantiza que la aseguradora acepte la nueva valoración. El resultado dependerá de las circunstancias del siniestro, las condiciones de la póliza y las actuaciones posteriores.
¿Qué documentación se necesita para un peritaje de reclamación al seguro?
La documentación necesaria depende del tipo de siniestro, de los daños existentes y de los motivos de disconformidad con la aseguradora.
Los documentos más utilizados son:
- Póliza de seguro: Permite conocer las coberturas contratadas, los límites y las condiciones aplicables.
- Comunicación del siniestro: Recoge la fecha y las circunstancias comunicadas a la compañía aseguradora.
- Informe del perito de la aseguradora: Permite analizar las comprobaciones, causas y valoración económica utilizadas por la compañía, cuando está disponible.
- Carta de rechazo o propuesta de indemnización: Identifica los motivos de denegación o el importe ofrecido.
- Fotografías de los daños: Documentan el estado de los elementos afectados y su posible evolución.
- Presupuestos y facturas: Permiten conocer el coste de las reparaciones propuestas o realizadas.
- Planos y documentación técnica: Facilitan la identificación de los elementos constructivos e instalaciones.
- Comunicaciones con la aseguradora: Aportan antecedentes sobre las reclamaciones y respuestas recibidas.
¿Puede reclamarse al seguro después de haber reparado los daños?
Es posible que el asegurado necesite realizar reparaciones urgentes antes de que finalice la tramitación del siniestro, especialmente cuando existen fugas de agua, riesgos para la seguridad o daños que pueden agravarse.
En estos casos, resulta importante conservar fotografías, presupuestos, facturas, piezas sustituidas cuando sea posible y cualquier otra documentación que permita acreditar los desperfectos originales.
El peritaje para reclamación al seguro puede analizar la documentación disponible y las reparaciones ejecutadas, aunque la ausencia de los daños originales puede limitar las comprobaciones y conclusiones técnicas.
Siempre que las circunstancias lo permitan, es recomendable documentar los desperfectos antes de proceder a su reparación.
¿Puede utilizarse el informe pericial para reclamar judicialmente a una aseguradora?
El informe pericial para reclamación al seguro puede aportarse como prueba técnica en procedimientos judiciales relacionados con daños en inmuebles y discrepancias con compañías aseguradoras.
El documento permite explicar las características de los daños, las causas técnicamente justificadas, las reparaciones necesarias y su valoración económica.
Cuando resulta necesario, el perito puede intervenir ante el juzgado para explicar, aclarar o ratificar las conclusiones de su informe.
La viabilidad jurídica de la reclamación y las cantidades exigibles deben analizarse teniendo en cuenta la póliza, la normativa aplicable y las circunstancias del siniestro.
¿Cuánto tiempo se necesita para realizar un peritaje para reclamación al seguro?
El tiempo necesario para realizar un peritaje para reclamación al seguro depende de las características del inmueble, la naturaleza de los daños, la documentación disponible y la complejidad de las comprobaciones.
En los casos sencillos, el plazo estimado de entrega del informe puede ser de 2 a 3 días laborables desde la inspección del inmueble.
Los trabajos que requieren estudios complementarios, análisis de instalaciones, revisión de documentación extensa o valoraciones económica





















