Tasaciones inmobiliarias. Legislación de tasación. Legislación segun la finalidad.
Toda tasación inmobiliaria debe hacer mención a la legislación aplicable en que el tasador se basa para efectuar su trabajo y para determinar el bien que se valora, sea la tasación de un terreno o la tasación de un inmueble.
Tasaciones inmobiliarias, la legislación de tasación.
Orden ECO/805/2003 de 27 de Marzo sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras (Normas de valoración de bienes inmuebles)
Tasaciones inmobiliarias, legislación en la valoración urbanística.
La Ley del suelo de 1956 expone:
"Procede, pues, apoyar las valoraciones en fundamentos objetivos, por /o que en la Ley se distinguen los valores, inicial, expectante, urbanístico y comercial.
Tasaciones inmobiliarias, Ley 6/1998 sobre régimen general del suelo y valoraciones.
Una de las premisas es la del reparto equitativo de beneficios y cargas entre todos los propietarios afectados por cada actuación urbanística en proporción a sus aportaciones.
Tasaciones inmobiliarias, Ley 6/1998 sobre régimen general del suelo y valoraciones (II).
El Ordenamiento urbanístico del territorio tiene previstos una serie de instrumentos de ordenación a aplicar en función de su ámbito y clasificación. Se resumen los planeamientos urbanísticos a los que está, o puede estar, sujeto todo tipo de suelo:
Tasaciones inmobiliarias, Ley 6/1998 sobre régimen general del suelo y valoraciones (III).
Sistema de actuación:
Las Unidades de Ejecución son zonas homogéneas de terrenos delimitada por el planeamiento en los cuales existen deberes de cesión, equidistribución y urbanización conjunta). Se desarrollarám por alguno de los sistemas de actuación que a continuación se describen, dependiendo del grado de intervención de los particulares o de la Administración en el desarrollo y gestión del planeamiento de la urbanización y foma de costearse:
Tasaciones inmobiliarias, Normas europeas de valoración.
Las Normas Europeas de Valoración hacen referencia a todas las valoraciones del mundo financiero e inmobiliario:
Tasaciones inmobiliarias, directivas de la comunidad europea.
Cuarta Directiva de la CE (78/660/CEE). En la introducción de la directiva se hace mención a la necesaria homogeneidad de los sistemas de valoración: